Buenos Aires, 5 de julio de 2018 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 10 de la Ley 4827 CABA, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 10: “Las carnicerías, pescaderías, verdulerías, panaderías y casas de comida para llevar que funcionan…
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Ley N.º 5999
Establécese un sistema de promoción para los establecimientos gastronómicos que opten por elaborar un menú libre de gluten, para que cuenten con instalaciones aptas para la elaboración de menús para celíacos, o que adquieran alimentos preelaborados libres de gluten envasados en origen procedentes de establecimientos habilitados para tal fin.
Publicidad y promoción de la venta de bebidas alcohólicas
A fines de enero salió publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad la Ley N° 5708 que tiene como objeto regular la publicidad y la promoción de la venta de bebidas alcohólicas en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
Derecho de autor y la industria gastronómica
La tesis del autor es que los derechos de autor no aplican, en general, en la industria gastronómica por lo que cualquiera es libre de explotar las creaciones de otros chefs, sin autorización y sin necesidad de pago alguno.